lunes, 11 de noviembre de 2013

Sistema Politíco







Honduras se define como un Estado de Derecho, Soberano constituido como República libre, democrática e independiente. Su forma de Gobierno es republicana, democrática y representativa, se ejerce por tres poderes:
 
• Ejecutivo (Presidente y 3 Designados presidenciales elegidos conjuntamente, directamente por el pueblo y por simple mayoría de votos, su periodo es de 4 años, iniciando el 27 de enero posterior a la fecha de la elección, la alternabilidad en el ejerció de la presidencia es obligatoria, no se permite la reelección)

 
• Legislativo (Congreso Nacional de la República, de composición unicameral, con un numero fijo de 128 diputados propietarios y sus respectivos suplentes, electos por periodos de 4 años)
 


• Judicial (Integrado por: 1) La Corte Suprema de Justicia, compuesta por 15 Magistrados electos por el Congreso Nacional de la República, para un periodo de 7 años, pudiendo ser reelectos, 2) las Cortes de Apelaciones y 3) los Juzgados que establezca la Ley).






El gobierno se sustenta en el principio de la democracia participativa. La administración general del Estado le compete al Presidente de la República y a sus colaboradores inmediatos que son los Secretarios de Estado. Existe la figura del Gobernador Departamental, que es nombrado directamente por el Presidente de la República, para un periodo de 4 años. El Territorio Nacional se divide en dieciocho (18) Departamentos, denominando a la ciudad más importante como la Cabecera Departamental. Éstos se dividen en Municipios Autónomos, administrados por Corporaciones electas en forma directa por el pueblo, llamadas Alcaldías (Conformadas por un Alcalde, un Vice-Alcalde y los Regidores, electos por periodos de 4 años, pudiendo ser reelectos) en total existen 298 municipios, divididos en Barrios, Colonias, Aldeas y Caseríos.






OBJETIVO FINAL DE LA POLÍTICA MONETARIA

El objetivo de la Política Monetaria del BCH es mantener el valor interno y externo de la moneda nacional. El BCH ha establecido en su Programa Monetario 2008-2009 como meta mantener una inflación de un digito, específicamente estableció un rango de 9.0% ± 1 para finales de 2008.

ESTRATEGIA DE POLÍTICA MONETARIA

Control de la liquidez. Tasas de interés de corto plazo como variable operativa y agregados monetarios como metas indicativas. El nivel de la TPM y la estrategia de gestión de las operaciones de mercado abierto del BCH, es evaluado periódicamente por la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto, quien recomienda al Directorio su mantenimiento o modificación a efecto de alcanzar el objetivo de inflación dispuesto en el Programa Monetario, dicha evaluación toma en cuenta la evolución y perspectivas de las principales variables macroeconómicas y financieras, especialmente de los indicadores de inflación observada y esperada.

TASA LIDER DE POLÍTICA MONETARIA

La postura de política del BCH es señalizada mediante la Tasa de Política Monetaria (TPM); que es la Tasa de interés máxima permitida para las posturas de compra de valores gubernamentales a 7 días plazo en las subastas semanales del BCH dirigidas exclusivamente a las instituciones financieras. Asimismo, las Tasas de Interés de las subastas bisemanales a plazos mayores de 7 días (98,182 y 364) se ajustan en la misma proporción del movimiento de la TPM.

INSTRUMENTOS DE POLÍTICA MONETARIA

Indirectos o de mercado
Las operaciones de mercado abierto son el principal instrumento de política monetaria. Se realiza mediante la colocación de Letras del Banco Central en subastas competitivas.
Adicionalmente, el BCH utiliza la Facilidad Permanente de Crédito (FPC) y la Facilidad Permanente de Inversión (FPI), como instrumentos de regulación de la liquidez de muy corto plazo del sistema bancario nacional.

Desde mediados de 2007 el BCH ha fortalecido sus instrumentos directos, mediante la aprobación de un conjunto de medidas que conllevan el propósito de controlar la inflación y reorientar el crédito a sectores productivos. Estas se detallan a continuación:
Aprobación de un encaje adicional de 4% en inversiones obligatorias para los depósitos en moneda nacional en el sistema financiero; entrando en vigencia a partir de junio de 2007.

En marzo de 2008, el Directorio aprobó un incremento del requerimiento de inversiones obligatorias exigible a las instituciones del Sistema Financiero, aplicado sobre la captación de recursos en moneda nacional, desde el cuatro por ciento (4%) vigente a un nueve por ciento (9%). El incremento se aplica progresivamente, comenzando con dos puntos porcentuales (2%) en marzo y un punto porcentual (1%) en los meses sucesivos hasta completar cinco puntos porcentuales (5%).

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